Obtiene FGR vinculación contra dos por tráfico de migrantes en Chiapas

La Fiscalía General de la República (FGR), a través de la Fiscalía Especializada de Control Regional (FECOR) en Chiapas, obtuvo de un Juez de control, vinculación a proceso en contra de dos personas que fueron detenidas por transportar a ocho migrantes de nacionalidad brasileña, dentro de dos vehículos.

La vinculación se obtuvo por la probable comisión del delito contra la Ley de Migración en su modalidad del delito de transporte de extranjeros, con el fin de evadir la revisión migratoria y obtener directa o indirectamente un lucro, con la agravante de menores de edad.

De acuerdo con la carpeta de investigación, los hoy imputados fueron detenidos, por elementos de la Policía Federal Ministerial de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), adscritos a la subsede en Arriaga Chiapas, cuando fueron alertados, a través de una denuncia anónima, sobre el transporte de indocumentados en dos vehículos.

Por lo anterior los elementos aprehensores se dirigieron a la carretera Federal 2530, tramo Tonalá – Arriaga y al tener a la vista los dos automóviles que coincidían con las características de la denuncia, les marcaron el alto e hicieron del conocimiento de los conductores, Mayra “S” y Moisés “S”, de la denuncia en su contra, por lo que procedieron a hacer una revisión tras observar a varias personas dentro de los vehículos.

Al cuestionarlos sobre quienes viajaban en el interior del automóvil, los imputados mencionaron que era familiares que se dirigían de Tapachula a Villahermosa, Tabasco, pero al preguntar a dichas personas, dijeron ser de origen brasileño y al solicitarles sus documentos, no pudieron acreditar su legal estancia en el país. En total se rescataron a ocho personas extranjeras, seis adultos y dos menores de edad.

Posteriormente, el Ministerio Público Federal (MPF) presentó los datos de prueba suficientes al Juez de la causa, quien decretó como legal la detención y resolvió vincular a proceso a Mayra “S” y Moisés “S”, a quienes les impuso como medida cautelar de presentación periódica mensual y fijó un plazo de tres meses y quince días para el cierre de investigación complementaria.