El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó los Lineamientos para verificar el cumplimiento de la autoadscripción calificada de las personas que se postulen en observancia a la acción afirmativa indígena para las candidaturas a cargos federales de elección popular, en acatamiento a las sentencias dictadas por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en los expedientes SUP-REC-1410/2021 y acumulados y SUP-JDC-901/2022.
El Acuerdo presentado contiene el Dictamen Técnico que emite la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos (DEPyPP) del INE sobre la procedencia o improcedencia de las propuestas, sugerencias y observaciones recibidas durante la consulta previa, libre e informada a las personas indígenas, pueblos y comunidades indígenas en materia de autoadscripción, para la postulación de candidaturas a cargos federales de elección popular.
En su intervención, el Consejero Uuc-kib Espadas destacó que este Acuerdo tiene que ver con los derechos de 24 millones de mexicanas y mexicanos que son oficialmente reconocidos por el Estado mexicano como indígenas, pero cuya sentencia no “nos fuerza a entender como comunidades indígenas a pequeñas comunidades rurales con condiciones políticas específicas”.
El estudio de la realidad nos permite observar que existen distintos tipos de comunidades indígenas, puntualizó.
Indicó que en el estudio de las comunidades lingüísticas y de sus características, se observa cómo éstas se encuentran vinculadas en territorios muy amplios, que corresponden a sus asentamientos históricos y no exclusivamente a asentamientos históricos de pueblos y naciones indígenas, no exclusivamente al de pequeños poblados.
La denominación de lengua propia de un territorio, resaltó, hace referencia al idioma de la comunidad históricamente establecida en ese espacio.
Bajo esa lógica, se propuso modificar el párrafo primero de en los lineamientos para establecer que “la persona que se postule a un cargo federal de elección popular, en observancia de la acción afirmativa indígena, deberá acreditar tener como lengua materna una lengua indígena”, o al menos tres de los requisitos establecidos, como finalmente se aprobó.
La medida pretende garantizar que sólo se postulen personas indígenas que mantengan un vínculo comunitario real y efectivo
En su intervención, la Consejera Dania Ravel valoró que los lineamientos que ordenó emitir la Sala Superior pretenden garantizar que sólo se postulen personas indígenas que mantengan un vínculo comunitario real y efectivo, por lo que agradeció a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, llevar a cabo la consulta previa, libre e informada en las entidades ,así como la sistematización y el análisis minucioso de la información recabada, “lo que hoy nos permite tener este proyecto de Acuerdo”.
La Consejera propuso la posibilidad de acreditar el vínculo comunitario a través de testimoniales, sólo para las mujeres indígenas a las que la constancia de adscripción le sea negada bajo prejuicios y discriminaciones basadas en su género. La propuesta, dijo, “se hace cargo de dos cosas: primero, los intentos de simulación para usurpar los lugares que se reservan para personas indígenas; y segundo, los contextos adversos para el ejercicio de sus derechos políticos que encuentran las mujeres indígenas”.
Sin embargo, en la votación se aprobó que la posibilidad de acreditar el vínculo comunitario a través de testimoniales como un mecanismo alterno sea tanto para hombres como para mujeres.
Entender la manera de organización y convivencia de las comunidades indígenas
El Consejero Ciro Murayama destacó el hecho de que se den distintas alternativas a los partidos políticos en estos lineamientos para que puedan acercarse, “justamente, a personas que integren comunidades y pueblos indígenas para postular candidaturas”.
“También es correcto que la autoridad electoral no se circunscriba a una sola manera de verificar y de validar este vínculo, ya que hay una vastísima pluralidad”, incluso, añadió, “hay características propias que les distinguen de otras como para tratarlos igual”.
Por lo mismo, complementó, hay que ser flexibles en entender que la manera de organización y convivencia de las comunidades indígenas también les permitirá con mayor facilidad acreditar en algunas de las vías que hoy se están contemplando.
Señaló la importancia de incorporar un criterio de máxima publicidad para que, en caso de que alguna comunidad indígena vea que se está postulando su nombre una persona con la que no tiene vínculo alguno, pueda impugnarlo de manera ágil y oportuna.
Piden evitar la simulación en la autoadscripción
El Consejero Jaime Rivera destacó el consenso en el Instituto, incluidos partidos políticos, primero para reconocer la importancia que tienen los pueblos y comunidades indígenas de la nación mexicana, por muchos años, por siglos, incluso, no se reconoció lo suficiente, hay una historia cargada de persecución, de discriminación, de exclusión y también de prejuicios basados en estereotipos.
Inclusive, agregó, muchas veces de buenas intenciones pero que se traduce en exclusiones, por un tratamiento paternalista que no favoreció ni la participación plena y su reconocimiento en la vida nacional, económica, cultural y por la representación política.
Se pronunció por tener un concepto más flexible para “no ceñirnos a un modelo de comunidad indígena que tenga un solo modelo de autoridad comunitaria”; y tener una sola forma de acreditar la pertenencia para reunir tales calidades a fin de que tengan derecho a la representación política por la vía de las acciones afirmativas.
Exigió cerrar la puerta a cualquier posibilidad de simulación, pero no estableciendo requisitos tan estrictos que, entonces, “terminemos por excluir no sólo a esa inmensa población indígenas que está dispersa en todo nuestro país”, que es mucho más grande que el pequeño segmento que vive en comunidades indígenas.
La lengua materna tiene los suficientes vínculos para acreditar la autoadscripción
En su intervención, el Consejero Martín Faz acompañó la propuesta de certificar y tener como acreditada una lengua indígena de manera excepcional, al advertir que, de acuerdo con un estudio mostrado por una institución educativa, efectivamente, “el tener la lengua materna, aunque ya no formes parte de una comunidad, tiene los suficientes vínculos y creo que podría ser un elemento de acreditación excepcional”, mencionó.
El Consejero propuso modificar al Acuerdo para que la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, antes del inicio formal del Proceso Electoral Federal 2023-2024, presentara un protocolo que estableciera lo relativo a la instrumentación por parte del Instituto y sus órganos descentralizados, respecto de su actuación en las asambleas comunitarias en las poblaciones en que no exista autoridad indígena tradicional o comunitaria electa, conforma a sus usos y costumbres; sin embargo, esta propuesta no se aprobó.
Abrir más espacios a las mujeres indígenas para ocupar cargos de elección popular
La Consejera Claudia Zavala planteó la posibilidad -que no fue aprobada- de que, previamente al proceso electoral en las comunidades se pudieran generar los procesos de acuerdo con sus sistemas normativos internos, “para que de ahí pudieran emerger listas de hombres y mujeres a los que la comunidad ya de antemano les tuviera por reconocida su pertenencia”.
Considero que, en el caso de las mujeres indígenas, se debe tener un enfoque específico, porque hay casos documentados en que las mujeres indígenas no han logrado avanzar en sus pretensiones de ocupar cargos de elección popular, por tanto, se debe tener un enfoque específico respecto de las barreras y los obstáculos que les impiden participar de manera más fácil o plena en estas pretensiones.
Partidos Políticos hacen fraude con las acciones afirmativas
Por su parte, la Consejera Carla Humphrey se refirió a la conducta de los partidos políticos y de candidatas y candidatos, particularmente de candidatos, que haciendo fraude a la ley quieren acceder a un espacio público, sabiendo que incumplen con los requisitos establecidos para las acciones afirmativas.
Asimismo, afirmó que se ha llevado al concepto contradictorio de autoadscripción calificada y que ahora “estamos a nada de empezar a tener que pedir una serie de lineamientos o protocolos para el resto de acciones afirmativas, precisamente, por esas conductas antidemocráticas y que violentan el Estado de derecho”.
Reconoció que se ha avanzado en este protocolo al haber aprobado avances importantes en registro de solicitud para certificar la autoadscripción indígena reconociendo diferentes posturas y visiones, pero, sobre todo, en la inclusión.
No poner más obstáculos a las candidaturas indígenas
Durante su participación la Consejera Adriana Favela subrayó que para garantizar que las personas indígenas puedan acceder a una candidatura, “no tenemos que ponerles más obstáculos que los que pudieran de verdad ser, más exigencias que las que realmente pudieran ser cumplidas y necesarias”; esto en referencia a los requisitos para acreditar vínculo con la comunidad indígena.
Y estuvo de acuerdo en ampliar lo que es el concepto de comunidades o pueblos indígenas, incluyendo las personas migrantes, en relación con la facultad del INE de que puedan verificar si la gente que expidió las constancias que acreditan el vínculo con la comunidad.