En sesión pública realizada por videoconferencia, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) revocó la resolución emitida por el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) en el Procedimiento Ordinario Sancionador IEPC/PO/CG/CQD/Q/EAMR/001/2020, por el que sancionó al Presidente Municipal de Tuxtla Gutiérrez, Carlos Morales Vázquez, por la promoción personalizada de su imagen en redes sociales al rendir su informe de gobierno 2019, fuera de los tiempos para ello.
El Pleno declaró fundados los agravios del actor, pues no se advierte prueba alguna por medio del cual se acredite que Carlos Morales Vázquez haya realizado actos tendentes a promoción personalizada, y en la que sugiera que la ciudadanía votara por él para una elección popular o resaltara sus cualidades como persona para convencer de ser el mejor candidato.
Asimismo, el IEPC no aportó elementos de pruebas suficientes para tener por acreditados los hechos, así como la responsabilidad del actor, pues en las constancias que obran en autos, se indica que el Instituto Electoral fue omiso en determinar la fecha cierta en la que Morales Vázquez realizó su informe de labores. (Expediente: TEECH/JI/006/2020).