Cd. de México (11 noviembre 2021).- La Suprema Corte de Justicia definió hoy cuál debe ser la línea limítrofe entre los estados de Oaxaca y Chiapas, poniendo fin a un conflicto que inició en 2012, cuando esta última entidad creó el Municipio de Belisario Domínguez.
Es la primera vez desde la reforma judicial de 1995 que la Corte resuelve un conflicto de límites entre estados, y en este caso, fue necesaria una investigación histórica y cartográfica que se remontó a la época colonial, en la que Nueva España hacía frontera con la Capitanía de Guatemala.
“Se declara que la línea limítrofe que debe regir entre los estados de Oaxaca y Chiapas, partirá de sur a norte e iniciará en la Barra de Tonalá a los 16 grados de latitud norte, en dirección noroeste hasta el Cerro del Chilillo, de ahí con dirección noroeste hasta el Cerro de la Jineta y de ahí con rumbo noreste hasta el Cerro de los Martínez, de conformidad con las coordenadas identificadas para estos rasgos geográficos que se señalan en el considerando octavo de la presente resolución”, resolvió la Corte, que el martes terminará de votar el apartado de efectos de su sentencia.
El pleno estableció que el territorio que Chiapas le asignó a Belisario Domínguez invade el de Oaxaca, una vez que se aplica este nuevo límite.
“Estamos reconociendo a este municipio como parte del territorio de Oaxaca, pero fue creado por Chiapas”, dijo el Ministro Luis María Aguilar.
Varios ministros advirtieron que comunidades no relacionadas con este conflicto podrían quedar divididas entre los dos estados, al aplicarse la nueva línea limítrofe, de ahí que los congresos y gobiernos estatales tendrán que legislar y tomar medidas para evitar posibles conflictos.
Alberto Pérez Dayán, en la minoría, sostuvo que la Corte debió limitarse a aclarar los límites en el punto de Belisario Domínguez e invalidar la creación de este municipio, sin afectar toda la frontera entre ambos estados.
“La declaratoria de límites territoriales reconocida en esta sentencia deberá ser instrumentada dentro de los 30 meses siguientes a la notificación de estos puntos resolutivos a los congresos de los estados de Oaxaca y Chiapas, en la inteligencia de que, dentro del referido plazo y previo desarrollo de las respectivas consultas a los pueblos y comunidades indígenas, ambos congresos deberán legislar en los términos de esta resolución”, señala el apartado de efectos del fallo.
Esto implicará reformar ambas constituciones locales para reconocer el límite fijado por la Corte, y en el caso de Chiapas, para eliminar al Municipio de Belisario Domínguez.
Los poderes ejecutivos, en tanto, tendrán que cambiar todos los acuerdos, decretos o reglamentos que no se ajusten al nuevo límite. Esto implicaría, por ejemplo, transferencias de servicios públicos de un gobierno estatal a otro, dijo Javier Láynez,
El Ministro Fernando Franco, autor del proyecto, explicó que la mayor dificultad para los peritos fue ubicar el Cerro de los Martínez, sobre el cual no había acuerdo entre las partes, pero finalmente se concluyó que se trata del punto en el que hacen frontera Oaxaca, Chiapas y Veracruz.
Tanto Oaxaca en su Constitución vigente, como Chiapas en la vigente de 1981 a 1989, han reconocido a este cerro como punto limítrofe, y al aceptarlo, la Corte evitó generar afectaciones a Veracruz y Tabasco, terceros interesados en el conflicto.
Otro punto, denominado Cerro de los Mixes, que había sido identificado desde 1549, nunca se pudo localizar, pues las referencias que existían lo ubicaban en lo que actualmente el territorio de Tabasco.
“Fue todo un problema identificar el llamado Cerro de los Mixes, para definir cuál es su posible ubicación, que también fue conocido como Cerro Zempoaltépetl, y también después fue confundido con el Cerro Mono Pelón, que esta en deferentes ubicaciones, hasta que se llegó al Cerro de los Martínez como punto limítrofe”, explicó Franco.